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La custodia de los hijos es un tema que puede resultar controvertido. Decimos que puede resultar controvertido dada la situación de facto de la que adolecemos actualmente en Guinea ecuatorial, cual es la inexistencia de un estado de derecho. Esta circunstancia lleva a que la inmensa mayoría de los ámbitos de la vida humana en nuestra sociedad no estén regulados. Y los pocos que lo están, en un gran porcentaje, lo están bajo unas leyes muchas veces ajenas a nuestra realidad. Y el cuadro de despropósitos se remata con un poder judicial en el que los jueces dirimen los conflictos en función de la orientación política, las cachas socioeconómicas de los contrincantes, las relaciones familiares o de amistad e incluso, relaciones de amoríos.
Por eso esta cuestión la vamos a abordar desde el punto de vista de la costumbre y la tradición. A aquellos que cuestionen o duden de la importancia o necesidad de este enfoque, les tranquilizamos señalando que nuestra realidad actual, en buena medida, como consecuencia del cuadro arriba esbozado, se rige efectivamente por la costumbre y la tradición: un enjambre de interconexiones familiares que otorga legitimidad social a lo que se viene haciendo.
Y como es costumbre en nosotros, ya que estamos, arrojaremos nuestra visión del asunto desde la cultura fang, que es la que conocemos. La custodia de los hijos la entendemos comola responsabilidad que tienenlos padres sobre la educación y el bienestar de los mismos. En este sentido, huelga empezar apuntando que los fang diferenciamos a los hijos en dos grupos: moany´alug (hijo de matrimonio) y moany´odjaa (hijo de madre soltera).
El hijo de matrimonio, como indica su nombre, es el hijo nacido bajo el matrimonio; es decir, después de la entrega del nsua. Mientras que el hijo de madre soltera es aquel que nace sin que su padre haya desposado a su madre. Llegados a este punto, conviene insertar unas cuantas ideas:
1ª La tradición fang emana de una cultura desarrollada en unas circunstancias en las que no existía el trabajo a cuenta ajena. Un mundo en el que las únicas actividades económicas eran la agricultura, la ganadería, la pesca, la caza, la metalurgia y todas ellas encaminadas al autoconsumo y al trueque con otros productos de los exiguos excedentes.
2ª La sociedad fang es una sociedad patriarcal, al igual que todas las demás del mundo. Como consecuencia de esta circunstancia, teníamos que el padre de familia funcionaba como una especie de general y sus hijos hacían las veces de sus lugartenientes. Es decir, los hijos le debían absoluta obediencia y lealtad a los padres. Y mientras viviera un padre, todos sus hijos contaban como súbditos suyos y estaban adscritos a él.
3ª Como en cualquier civilización, en este mundo fang también existían la idea de la riqueza y la de la importancia social o política. El rico era aquel que poseía más cabezas de ganado, más extensión de suelo cultivado, más piezas o artilugios metálicos, etc. Mientras que el prestigio social y la influencia política se ganaban además de por la riqueza, por el peso de la aportación humana en cuestiones de defensa o trabajos colectivos del pueblo. Hemos ahí la razón por la que los fang considerábamos riqueza y argumento de relevancia social a los hijos. Porque al no existir ni la práctica del trabajo a cuenta ajena ni la esclavitud, la única forma de poder poseer muchos bienes (ganado, cultivos, metales, etc) y de poder aportar muchos efectivos a las labores colectivas y de defensa, era teniendo muchos hijos. Pues, los hijos le debían obediencia a sus padres y tanto sus propiedades como sus hijos se apuntaban en su haber: mientras tuvieras padre, lo tuyo era de tu padre.
4ª Los fang vivíamos en comunidades monoayong, es decir, de un solo ayong. El ayong es la familia extendida, en otras palabras, engloba a muchos individuos que pueden vivir muy alejados geográficamente y no tener ningún contacto entre ellos, pero que mantienen presente la idea de que comparten lazos de parentesco y ascendencia común.Todos los ayong tienen nombre y es a través de este nombre como se reconocen sus distintos miembros.
Volviendo a lo que nos ocupa, la custodia de los hijos, vistas las cuatro ideas insertadas, remarcar que, de acuerdo a la tradición, la custodia de los hijos se resuelve de la siguiente forma:
Ahora que vivimos en ciudades, las circunstancias han cambiado. Ya no funciona el trueque, sino el dinero. Y la principal fuente de recursos económicos ya es el trabajo a cuenta ajena (bien en el sector privado,bien en la administración pública). Lo hijos ya representan fundamentalmente gastos de manutención, educación y salud. Y, al llegar a la madurez, viven su propia vida; aunque le sigan debiendo respeto y lealtad al padre, ya no se pueden considerar sus lugartenientes, sino una suerte de socios comanditarios. En este nuevo contexto, el planteamiento sobre los hijos se ha tenido que actualizar (a partir de los preceptos tradicionales).
En la actualidad, entendemos que los hijos deben vivir o criarse con sus progenitores siempre (ya sean del nsua o no). Esa situación es bastante sencilla de solventar cuando la mujer convive con el padre de sus hijos. Aunque todavía quedan algunos rezagados que suelen pretender quedarse con sus boan be kaa (hijos de sus hermanas) cuando la madre (soltera o recién casada) pasa a convivir con el padre. Afortunadamente, cada vez los defensores de esta visión son minoría.
En general, el estatus de los hijos de matrimonio no ofrece ningún tipo de dudas. Todos los hijos nacidos bajo el nsua (ya sean biológicos o no) son del ayong de hombre y se quedan siempre bajo custodia del padre en caso de ruptura del matrimonio.
El caso relativamente complejo es el de una madre soltera que pasa a convivir con un hombre que no es el padre de sus hijos, o simplemente no convive con él. En esta tesitura, conviene recordar que los boany´odjaa pertenecen al ayong de la madre, en este sentido, la custodia de los mismos la tiene la madre. Es decir, es la madre (o su familia) la que decidirá si sus hijos se van con ella o se quedan con sus tíos (be ñangdom) o si le cede la custodia al padre. En estecontexto, el padre de los hijos no tiene poder de decisión. Incluso, en el supuesto de que el padre estuviera casado con otra mujer, ésta tendría derecho a vetar a estos hijos extramatrimoniales en su hogar. Porque, a pesar de ser sangre de su marido, no son de su ayong.
Es importante subrayar que todo lo expuesto en este artículo se refiere casos en los que los dos progenitores de los hijos están plenamente capacitados para asumir la custodia de los mismos y la reclaman. Y, por otra parte,insistir en que, en ningún caso, el hecho de que la custodia de los hijos esté con cualquiera de los progenitores exime al otro de cumplir sus obligaciones como padre o madre ni le impide involucrarse en su desarrollo y recimiento.Recalcamosque el planteamiento aquí ofrecido funciona o está previsto para coyunturas en las que los dos padres son responsables, solventes y están interesados en la custodia de sus hijos. Porque cualquier desequilibrio en estos tres parámetros (responsabilidad, solvencia e interés) complica aún más la decisión y puede llevar a soluciones fuera de la ortodoxia.
EYI NGUEMA MANGUE