Juristas denuncian que la Ley 7/2024 amenaza la libertad de expresión en Guinea Ecuatorial

Share your love


La Ley 7/2024 en Guinea Ecuatorial representa un grave retroceso para la libertad de expresión, según la Comisión Ecuatoguineana de Juristas.

La Comisión Ecuatoguineana de Juristas ha calificado la Ley número 7/2024 sobre redes sociales, delitos informáticos y ciberdelincuencia como un grave retroceso para la libertad de expresión en Guinea Ecuatorial.

La organización señala que la norma, fechada el 23 de diciembre de 2024, fue publicada íntegramente unos dieciocho meses después de su supuesta aprobación. Según los juristas, este retraso genera incertidumbre sobre el momento en que la ciudadanía pudo conocerla y dificulta el cumplimiento de los principios de publicidad y previsibilidad de la ley penal.

La principal preocupación se encuentra en el artículo 50, que castiga la publicación o difusión de información considerada «falsa o tergiversada» a través de las tecnologías de la información y la comunicación.

Las penas oscilan entre dos y cuatro años de cárcel cuando la información produzca alarma o temor, y entre tres y seis años cuando afecte al honor o la reputación de una persona.

Las condenas pueden alcanzar entre diez y veinticinco años de prisión, además de multas de hasta 500 millones de francos CFA, cuando se considere que la información incita al odio, afecta al orden público, compromete la estabilidad económica o pone en riesgo la seguridad del Estado.

Para la Comisión Ecuatoguineana de Juristas, estas sanciones resultan extraordinariamente desproporcionadas. La pena máxima de 25 años se encuentra entre las más elevadas del ordenamiento jurídico nacional y puede superar o igualar las previstas para numerosos delitos violentos o sexuales.

La organización considera difícil justificar que la difusión, o incluso la simple redifusión de una información en redes sociales, pueda recibir un castigo comparable al reservado para delitos tan graves como el asesinato o la violación sexual.

Los juristas también cuestionan la falta de precisión de conceptos como «información tergiversada», «alarma», «zozobra», «contenido ofensivo» o «estabilidad económica». A su juicio, estas expresiones pueden dar lugar a interpretaciones amplias incompatibles con la Ley Fundamental y con los compromisos internacionales asumidos por Guinea Ecuatorial.

La Comisión advierte de que la nueva norma, combinada con el artículo 221 del Código Penal sobre el denominado «ejercicio abusivo de los derechos fundamentales», configura un marco especialmente restrictivo para periodistas, activistas, defensores de derechos humanos y ciudadanos que participan en el debate público digital.

Aunque reconoce que la ley contiene disposiciones necesarias para combatir el fraude informático, la ciberdelincuencia y la explotación sexual de menores, la organización concluye que sus artículos relacionados con la información, el honor, la reputación y la seguridad del Estado refuerzan las restricciones existentes y reducen todavía más el espacio cívico en Guinea Ecuatorial.

Comparte tu aprecio
RadioMacuto
RadioMacuto
Artículos: 1446

Actualizaciones del boletín

Introduce tu dirección de correo electrónico para suscribirte a nuestro boletín

2 comentarios

  1. Si él mismo gobierno o Pedegistas publican información falsa para desviar la atención de la población entonces quien les castigará??

  2. Él ejercicio abusivo de los derechos fundamentales lo ejerce él mismo gobierno con las nó transparencia informativa, él mismo gobierno crea bulos y desinformacion para mantener al pueblo desorientado. Él claro ejemplo de la nó transparencia y desinformación lo tenemos claramente con él reciente caso de la disputa del inmueble en Francia.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *