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Una carta abierta dirigida al Fiscal General cuestiona la reforma del artículo 112 de la Ley General de Trabajo, que reduce de 45 a 30 días por año de servicio la indemnización por antigüedad y reclama protección para los derechos generados antes del cambio legal.
Una carta abierta dirigida al Fiscal General de la República cuestiona la reforma del artículo 112 de la Ley General de Trabajo de Guinea Ecuatorial, que reduce de 45 a 30 días de salario por año trabajado la indemnización por antigüedad. El documento denuncia una regresión de derechos y exige la intervención de la Fiscalía para proteger los derechos acumulados antes del cambio legal.
La rebaja supone una reducción de un tercio respecto al baremo anterior. La carta sostiene que no puede presentarse como una simple medida de flexibilización del mercado laboral, al afectar directamente al nivel de protección reconocido hasta ahora a los trabajadores.
El escrito invoca las obligaciones asumidas por Guinea Ecuatorial como Estado parte del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y como miembro de la Organización Internacional del Trabajo. Según la argumentación expuesta, una reducción de derechos de esta magnitud requeriría una justificación suficiente basada en criterios de necesidad, proporcionalidad y razonabilidad.
Uno de los puntos más delicados afecta a los trabajadores que ya habían generado antigüedad antes de la reforma. Aplicar el nuevo baremo a toda la vida laboral de contratos iniciados bajo la legislación anterior supondría, según el documento, reducir derechos generados durante años con arreglo a otras condiciones legales.
La carta defiende que los 45 días correspondientes al tiempo ya trabajado constituyen situaciones jurídicas consolidadas y que su reducción posterior vulneraría el principio de irretroactividad de las normas restrictivas de derechos.
La cuestión puede convertirse en el principal foco de conflicto cuando se produzcan despidos o extinciones contractuales bajo la nueva regulación. No solo estará en juego cuánto corresponde pagar desde la entrada en vigor de la reforma, sino también cómo deben computarse los años trabajados anteriormente.
El documento cuestiona asimismo el procedimiento seguido para modificar la legislación laboral. Sostiene que abaratar las indemnizaciones debilita la función protectora de la normativa y traslada una mayor parte del riesgo hacia el trabajador.
También denuncia la ausencia de una consulta tripartita institucionalizada y vincula esa circunstancia con los principios de gobernanza laboral de la Organización Internacional del Trabajo. El escrito, sin embargo, no aporta documentación sobre el proceso de consultas previo a la reforma que permita verificar ese extremo.
La carta reclama finalmente que la Fiscalía promueva las acciones de inconstitucionalidad que correspondan y que la Inspección de Trabajo reciba instrucciones para impedir que el nuevo artículo 112 pueda utilizarse para reducir derechos consolidados antes de la reforma.
«La legalidad quebrantada reclama su restitución de urgencia», señala el documento, que advierte de que la pasividad de los órganos encargados de garantizarla equivaldría a una «claudicación institucional».
El núcleo del conflicto está en determinar si la reforma puede alcanzar también a la antigüedad generada antes de su entrada en vigor y qué criterio aplicarán empresas, Inspección de Trabajo y tribunales cuando se planteen los primeros casos.