NEXOS-GE denuncia el cerrojo a los viajes de funcionarios y cuestiona la suspensión del diputado Teobaldo Nchaso

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Según un comunicado fechado en Madrid el 2 de marzo de 2026, la plataforma NEXOS-GE sostiene que la suspensión del diputado Teobaldo Nchaso Matomba por realizar un viaje privado a España sin autorización previa evidencia una práctica extendida de restricciones ilegales al derecho de libre circulación de funcionarios públicos y de la ciudadanía guineoecuatoriana.

La plataforma NEXOS-GE ha reaccionado tras la difusión, en medios oficiales, de la sanción disciplinaria impuesta al diputado Teobaldo Nchaso Matomba, suspendido temporalmente de sus funciones hasta el 31 de mayo por haber viajado al exterior “sin estar en misión oficial” y sin la autorización del presidente de la Cámara de los Diputados.

La comunicación oficial, presentada con amplio despliegue propagandístico, añade una acusación especialmente grave; sostiene que la salida del país del parlamentario, calificada de “clandestina”, habría puesto en peligro “la seguridad del Estado”, pese a tratarse de una valoración ajena a las atribuciones parlamentarias.

Sin entrar en detalles personales del expediente, NEXOS-GE centra el foco en el fondo jurídico y político; recuerda que la Ley Fundamental reconoce, en su artículo 13, entre los derechos de todo ciudadano, el de “la libre circulación y residencia”, y sostiene que ninguna institución puede vaciar ese derecho mediante reglamentos internos, códigos de conducta o instrucciones administrativas.

En su argumentación, la plataforma invoca el principio de jerarquía normativa y defiende que cualquier norma promovida por el Gobierno o por la propia Cámara para “enmarcar” el derecho a viajar debe preservar la libertad de los funcionarios y empleados del sector público para desplazarse por motivos privados, tanto dentro del país como al extranjero. NEXOS-GE admite que, en viajes internacionales, podría exigirse únicamente una declaración de dirección temporal para facilitar la localización consular, pero rechaza la exigencia de “autorización previa” propia de una lógica castrense, que considera inaplicable a funcionarios civiles.

Con ese punto de partida, la plataforma reclama impulsar acciones de inconstitucionalidad contra todas las normas o prácticas que restrinjan de forma arbitraria la movilidad de los empleados públicos mediante permisos previos, ya emanen de la autoridad gubernativa civil o, como en el caso del diputado, de instrumentos internos del Parlamento.

NEXOS-GE menciona de manera expresa la circular fechada el 13 de junio de 2018, dirigida, según el comunicado, al primer ministro y al ministro de Seguridad, por la que se prohibió a los funcionarios viajar al exterior sin autorización del vicepresidente de la República. Radio Macuto ya informó en 2018 de esa prohibición y de su alcance en la administración pública.

La plataforma subraya, además, el impacto humano de estas restricciones; sostiene que el sistema de permisos previos contribuye a negar, en la práctica, la posibilidad de recibir asistencia médica en el extranjero a quienes dependen de autorizaciones administrativas, mientras los corruptos del entorno gobernante se reservan la movilidad y los privilegios sanitarios.

El comunicado también exige declarar ilícitas instrucciones posteriores que endurecieron el control. Entre ellas, la prohibición impuesta a directores de empresas públicas y paraestatales de viajar al extranjero sin autorización previa del primer ministro, tras directrices atribuidas al vicepresidente en marzo de 2024.

Más allá de la función pública, NEXOS-GE amplía la denuncia a la ciudadanía; pide que se declaren ilícitas todas las medidas que, directa o indirectamente, restrinjan el derecho a circular y residir, cierres de fronteras, confiscación de pasaportes, confinamientos o arrestos domiciliarios, cuando se ejecutan sin un proceso judicial que las ampare.

Sobre el caso de Teobaldo Nchaso, la plataforma introduce una impugnación de base; afirma que ni el reglamento interno ni el código de conducta de la Cámara regulan una exigencia de autorización previa del presidente del órgano legislativo para viajes privados de diputados; y que, si existiera, chocaría con el derecho constitucional citado. Añade que la normativa interna tampoco prevé sanciones disciplinarias vinculadas al ejercicio del derecho de libre circulación y recuerda que las medidas económicas y de suspensión están tasadas para supuestos concretos (como inasistencia a sesiones, quebranto del deber de secreto o alteraciones graves del orden interno del hemiciclo), no para un desplazamiento privado.

La denuncia de NEXOS-GE se acompaña de dos exigencias dirigidas al propio Parlamento, que impulse reformas legislativas para hacer efectivo el derecho constitucional a la libre circulación y que ejerza su deber de fiscalización citando a comparecer ante la Cámara a las autoridades del sector de seguridad nacional para que rindan explicaciones sobre las violaciones denunciadas.

El debate, además, no se limita al marco interno. La libertad de movimiento y el derecho a salir de cualquier país están recogidos en el artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, del que Guinea Ecuatorial es Estado parte desde 1987, y también en el artículo 12 de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos.

Que un diputado sea sancionado por un viaje privado revela hasta dónde ha llegado el cerrojo; el derecho a circular ya no se limita a estar restringido en la función pública, sino que se impone como disciplina incluso a quienes, en teoría, deberían legislar y fiscalizar al Gobierno. NEXOS-GE sostiene que la movilidad se ha degradado a privilegio y que el Estado usa el pasaporte como correa.

Hasta el cierre de esta edición, no consta una explicación pública del diputado sobre las circunstancias del viaje ni sobre el procedimiento disciplinario anunciado por la Cámara.

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