Tal y como era de prever, tras las numerosas irregularidades acaecidas durante el censo electoral, y que hubieran justificado su invalidación, el satrapa ha convocado simultaneamente las elecciones legislativas y presidenciales para el prximo mes de noviembre (pese a expirar el mandato presidencial en abril del próximo año 2023). Consciente de apartarse del mandato constitucional, la dictadura ha cursado dicha convocatoria amparándose en el requerimiento del Parlamento (en sus dos camaras), expresado mediante una “declaración institucional”. A su vez, los representantes del Pueblo soberano esgrimían como motivación (como decimos, para conculcar la vigente Ley Fundamental) la recesión económica prevaleciente y la derivada necesidad de racionalizar el gasto público.
Conforme relevaron numerosos activistas políticos de la oposición, la “preconización”» cursada por el Parlamento, en relación a la aplicación de las leyes rectoras de los procesos electorales, se desmarca del ambito competencial que le atribuye la vigente Ley Fundamental. De igual manera, la derivada anticipación de las elecciones presidenciales (la reducción del mandato presidencial) confina a una violación de la mentada Carta Magna (en concreto del artículo 36.1 relativo a la duración de dicho mandato). Sin embargo, tal “aberratio juris” se enmarca en el fraude generalizado que caracteriza, desde siempre, todo proceso electoral en nuestro País, y que conlleva la ineficacia del ordenamiento constitucional.
El fraude electoral, una recurrente y sistematica violación del vigente ordenamiento político.
Conforme atestan numerosos informes periódicos del Comité de los Derechos Humanos, y de organizaciones internacionales independientes, desde el advenimiento de la democracia multipartidista en nuestro País, el ex partido único, el Partido Democratico de Guinea Ecuatorial (PDGE) ha violado sistemática y reiteradamente la Ley Fundamental y las derivadas leyes rectoras de la actividad política y del desarrollo de los procesos electorales. Constando en tal sentido que los resultados electorales publicados por el propio régimen se han sostenido siempre en una inimpugnabilidad de facto propiciada por la ineficacia del vigente ordenamiento.
En efecto y conforme acreditan los citados informes, tanto los anteriores comicios como el actualmente en curso se han caracterizado por la violación sistemática de las libertades políticas basicas (libertad de expresión, de asociación, de reunión, derecho de voto, etc) consagradas por los instrumentos internacionales ratificados por nuestro Pais (DUDH, PIDCP, Carta de la Unión Africana) y transcritos en el ordenamiento interno (en la vigente Ley Fundamental y en el ordenamiento político emanado de la misma).
Dicha conculcacion del vigente ordenamiento se manifiesta ante todo por la falta de independencia y de neutralidad de la junta electoral, la cual está presidida por el Ministro de Interior e integrada en su mayoría por miembros del gobierno y del poder judicial (también sometidos al poder político), todos militantes o afines al gubernamental partido PDGE.
El menoscabo de la normativa política se declina igualmente mediante el fraude en la elaboración del censo electoral (lo cual se verifica en relación al recien concluso correspondiente a los comicios en curso). Toda vez que el mismo se asienta en la falsificación del censo poblacional, oficialmente de 1.200.000 habitantes, cuando consta a las instituciones de Bretton Woods que la misma es de aproximadamente 750.000 habitantes. Sin perjuicio de ello, el censo electoral se caracteriza desde siempre por la doble inscripción de los militantes del PDGE, la inclusión de menores y de personas fallecidas. Por ende, la publicación del censo electoral ha sido desde siempre vetada por el régimen (al igual que para el recien concluso censo), en aras de la ocultación de sus insuficiencias y de su disconformidad con las exigencias de las leyes vigentes.
En cuanto a la financiación de los partidos políticos, la del partido en poder, el PDGE, se ampara en la obligación (ilicita) de contribución impuesta por el gobierno a todo asalariado (público o privado), ya sea militante o no de dicho partido. Sin perjuicio de beneficiarse de la financiación del Estado al margen de toda regulación y de todo control democrático. De contrario, el gobierno del PDGE proscribe, precisamente, la financiación, pública o privada, de los partidos políticos de la oposición, con la excepción de la dádiva simbólica que otorga a los partidos coaligados (de la llamada “oposición democrática”) con ocasión de la celebración de los procesos electorales.
Sin perjuicio de las anteriores estratagemas, que confinan a la perpetuación del partido único, todos los procesos electorales celebrados en el País se han caracterizado, por otra parte, por una feroz conculcación de los derechos políticos de los ciudadanos, mediante la restricciín de la libertad de asociación (negativa a legalizar algunos partidos de la oposición, sindicatos o asociaciones, disolución de partidos y de ONGs), y de la libertad de reunión (prohibición de manifestaciones, de reuniones, detenciones ilegales y encarcelamiento de militantes de partidos politicos de la oposición, etc).
El descrito contexto opresivo se ha caracterizado igualmente por la interdiccion de la libertad de expresión, mediante la prohibicion de concesión de licencia de difusión a organos de prensa disidentes, la prohibición del derecho de la oposición a acceder a los medios de comunicación controlados por el Estado, la censura de los medios de comunicación extranjeros, la restricción del acceso a las redes sociales y a los sitios web de la oposición durante los periodos electorales, el registro ilegal en las oficinas de los partidos de la oposición, asi como la detención de periodistas (nacionales y extranjeros), etc.
Terror, coerción y simulación de consenso politico.
No obstante su caracter méramente enunciativo (ante su ineficacia normativa), el referido ordenamiento político le merece al régimen de Malabo ser considerado como un estado de derecho. Al tiempo que, pese a la falta de alternancia política desde hace 43 años(como muestra de la sistematicidad del fraude electoral), la comunidad internacional reconoce, no solo la validez de los procesos electorales fraudulentos acaecidos en nuestro País, sino la conformidad del mismo sistema multipartidista instaurado por el Consejo Militar Supremo a los estandares internacionales definidos por la DUDH y el PIDCP (pese a relevar su unanimismo de fachada, la falta de representatividad de los partidos coaligados, y el acaparamiento de todas las instituciones del Estado por el ex partido unico PDGE, etc).
Por ende, y pese a la recurrencia y a la sistematicidad del menoscabo del descrito ordenamiento político, la derivada casuística iniciada por la oposición no ha suscitado la preceptiva tutela de los organos jurisdiccionales (el Tribunal Constitucional y el Poder Judicial, en sus respectivos ambitos), a los que la Ley Fundmental encomienda su eficacia normativa. Toda vez que la incapacidad institucional de éstos -derivada de su sumisión organica y funcional al poder político (al régimen)- contribuye a la legitimación del fraude y confina a la impunidad estatutaria del gobierno del PDGE (inadmisión o desestimación sistematicas de los recursos instados por la oposición en relación a la violación de los derechos politicos de los ciudadanos).
En lógica con lo anterior y con ocasión del proceso electoral en curso, el régimen ha recurrido nuevamente, con la misma impunidad que en ocasiones anteriores, al endurecimiento de la opresión política, en aras de la proscripción de la libertad de expresión y del pluralismo. Lo cual atestan los recientes incidentes que se enlazan en las redes sociales y que a continuación enumeramos:
Asesinato de Salvador ALOGO NVONO en la cárcel de Oveng Asem (donde se hallaba secuestrado e incomunicado desde hacia más de un año), y entrega de su cuerpo desnudo y destripado a la familia;
Detención arbitraria y reclusión de más de quinientos (500) presos de conciencia incomunicados desde hace mas de dos (2) años en la carcel de Oveng Asem;
Detenciones arbitrarias masivas de estudiantes, desde entonces en paradero desconocido (“Operacion Limpieza”);
Detencion arbitraria, secuestro y tortura del ex ministro Rubén Maye, en paradero desconocido;
Detencion arbitraria, secuestro y tortura de los audistas Luis Nso Ngui, Leoncio Prisco Eko Mba (alias Adjoguening), Dalmacio Aseko Angue (alias nnom mbot), Andres Nvomo Abeso (grupo lenadores), Pelagia Obono Nsue, en paradero desconocido.
Denuncia infundada (y próxima detención arbitraria) de Ricardo Mangue Obama y Gabriel Nze Obiang.
Epilogo.
No más que en el pasado, la protesta de una oposición disgregada contra el fraude a las leyes políticas, y contra la violencia de Estado, podría repercutir en un cambio de paradigma. Si bien ésta legitima su existencia, pese a abocar al insoluble dilema de concurrir o boicotear -indefinidamente- elecciones amañadas. Por tal motivo, la alarmante degradación del contexto socio-político requiere se redefina un nuevo marco de concertación.
Por cuanto solo vencera a la fuerza opresora de la tirania la unión de todas las fuerzas vivas de la Nación, y un nuevo liderazgo capaz de trascender las rémoras impuestas por la tentación del repliegue político. Un liderazgo liberado de las ataduras (secretas o estatutarias, directas o indirectas) tejidas por la tirania, capaz de fomentar el consenso y la reconciliación entre las oposiciones (interna y externa, democrática y radical), de tender puentes a la militancia del PDGE (la convicta circunstancial, y la forzosa). Para conjurar todos juntos la fatalidad de la perpetuación de la dictadura y del descenso a los infiernos que supondría la consumación del plan de transición fraguado por el eje ruso-chino a favor de TNO (implantación de la base naval china y de los mercenarios rusos de wagner).